La pensión alimenticia es una de las cuestiones más importantes —y más frecuentemente conflictivas— en los procesos de separación y divorcio con hijos. Entender qué es, cómo se fija y qué ocurre si no se cumple puede evitar problemas graves.
¿Qué es la pensión alimenticia?
La pensión alimenticia es la obligación económica que tienen los progenitores de cubrir las necesidades básicas y de desarrollo de sus hijos menores. El concepto es más amplio de lo que parece: no se trata solo de comida.
La pensión cubre:
- Alimentación y vivienda.
- Vestuario y calzado.
- Gastos médicos y farmacéuticos ordinarios.
- Educación: colegio, material escolar, actividades extraescolares, libros.
- Recreación y ocio razonable.
Esta obligación se extiende más allá de la mayoría de edad si el hijo continúa formándose y no puede independizarse económicamente por razones ajenas a su voluntad.
¿Quién debe pagarla?
Ambos progenitores tienen la obligación legal de contribuir al sostenimiento de sus hijos según sus capacidades económicas respectivas. La pensión no recae exclusivamente en el padre o en la madre: ambos deben aportar en proporción a sus ingresos y recursos.
Cuando existe custodia monoparental, el progenitor que no tiene la custodia paga una cantidad periódica al custodio. En custodia compartida, la pensión se calcula teniendo en cuenta los ingresos de ambos y los tiempos de convivencia.
¿Cómo se determina la cantidad?
No existe una fórmula fija, pero el juez valora principalmente:
- Ingresos y patrimonio de ambos progenitores. Se tiene en cuenta nómina, declaración de la renta, bienes y cualquier otra fuente de ingresos.
- Necesidades reales del hijo. Gastos actuales y previsibles: colegio, actividades, salud.
- Nivel de vida de la familia antes de la separación.
Las tablas orientativas del Consejo General del Poder Judicial sirven de referencia, pero la sentencia puede apartarse de ellas si las circunstancias lo justifican.
¿Cómo se fija: acuerdo o juicio?
Hay dos vías:
Acuerdo entre progenitores: Lo ideal. Se recoge en el convenio regulador, que debe ser aprobado judicialmente. Antes de acudir al juzgado, es obligatorio intentar la mediación familiar.
Vía judicial: Cuando no hay acuerdo, el juez fija la pensión mediante sentencia. En la primera actuación, el juez puede establecer una pensión provisional mientras dura el procedimiento.
¿Qué ocurre si no se paga?
El impago de la pensión alimenticia tiene consecuencias serias:
- El progenitor custodio puede reclamar las mensualidades impagadas judicialmente, incluyendo ejecutar el embargo de salario o cuenta bancaria.
- El incumplimiento reiterado puede constituir un delito de abandono de familia, castigado con pena de prisión de 3 meses a 1 año o multa, cuando se dejen de pagar más de dos mensualidades consecutivas o cuatro no consecutivas.
¿Se puede modificar la pensión?
Sí. Tanto al alza como a la baja, si se produce un cambio sustancial de circunstancias: pérdida de empleo, reducción significativa de ingresos, cambio en las necesidades del hijo, nueva situación familiar. La modificación debe solicitarse judicialmente.
Lo que no es posible es dejar de pagar de forma unilateral. Si las circunstancias han cambiado, hay que acudir al juzgado para solicitar la modificación; mientras tanto, la obligación sigue vigente.
¿Cuándo es imprescindible un abogado?
Siempre que la mediación no haya llegado a un acuerdo, la representación por abogado es obligatoria para iniciar el procedimiento judicial. También es muy recomendable contar con asesoramiento desde el principio para fijar una pensión justa y documentar adecuadamente los gastos del menor.
Si tienes dudas sobre la pensión alimenticia de tus hijos, necesitas revisar una sentencia existente o te enfrentas a un impago, consúltanos. Atendemos casos de Illescas y toda la comarca de La Sagra.